SE CUMPLIÓ LA LEY DE PARIDAD EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES?
QUIENES OCUPARON CARGOS EN LAS LISTAS REPRESENTANDO LA PARIDAD?
¿Qué propuso la Ley de Paridad de Género en la Provincia de Buenos Aires?
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionó en 2016 la Ley de Paridad de Género. Esta norma exige que las listas para los cargos electivos provinciales, municipales y de consejeros escolares “deberán respetar en todas las categorías una equivalencia del 50% del sexo femenino y otro 50% del sexo masculino”, mientras que la ley anterior sólo exigía una participación femenina del 30 por ciento.
El proyecto de ley, impulsado por el senador Sebastián Galmarini (Frente Renovador), propone la modificación del artículo 32 de la Ley Electoral bonaerense, que delimita los requisitos para la presentación de una lista electoral.
En este sentido, de ahora en más las listas deberán “cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer)”. Esto significa que dos personas del mismo sexo no podrán ubicarse consecutivamente en la lista. La normativa establece que esta paridad deberá ser respetada aún cuando un puesto quede vacío por incapacidad, renuncia o fallecimiento.
En la actualidad, según un informe del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), sólo tres provincias cuentan con leyes de paridad de género: Río Negro, Córdoba y Santiago del Estero.
A pesar de que la Argentina fue el primer país del mundo en establecer cuotas de género por ley, en la actualidad la paridad no se cumple a nivel nacional, ya que en la Cámara de Diputados de la Nación sólo el 36% son mujeres y en el Senado el 42 por ciento. Estas diferencias también se dan en los cargos políticos dentro del Poder Ejecutivo, donde sólo el 22% son ocupados por mujeres.
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